Según establece el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés), en ciertos escenarios los migrantes pueden retornar a Estados Unidos después de haber sido deportados. Para esto, necesitan que una corte de inmigración les conceda la apelación a su expulsión del país norteamericano. Si se cumplen las circunstancias, en general, el país permitirá el regreso.
De acuerdo con lo que establece un documento de la agencia migratoria con preguntas frecuentes sobre el proceso de expulsión y sus implicaciones, los migrantes que tengan un caso en trámite y se les ordene la deportación pueden apelar.
Aunque la expulsión que solicitó el ICE finalmente se concrete, la apelación ante la corte de inmigración continúa vigente y el proceso judicial se mantiene activo. En ese sentido, el extranjero puede recibir una sentencia favorable.
Si la corte de inmigración que tiene el caso decide conceder la apelación, el inmigrante tiene la posibilidad de retornar a EE.UU. El ICE diferencia los siguientes escenarios bajo esas circunstancias:
Sobre este último punto se desprende una aclaración: el ICE puede facilitar el regreso de extranjeros que cumplan con estas condiciones si así lo determina la corte.
Esto quiere decir que la autoridad judicial debe emitir un documento en el que establezca la necesidad de que el inmigrante se presente personalmente. Si eso no se da, el ICE expresa que el caso se debe seguir por vía virtual.
Más allá de las normas expresadas en el documento, la agencia migratoria indica en cada caso que puede impedir el reingreso de un extranjero deportado, con cualquier estatus, bajo ciertas circunstancias.
Estas incluyen situaciones en las que la vuelta de un migrante a EE.UU. represente amenazas graves de seguridad nacional o condiciones adversas de política exterior.
Por fuera de los migrantes deportados a los que se les restableció la green card y pueden entrar sin pasos adicionales, hay un proceso que cumplir. Para extranjeros con otros estatus que hayan recibido una apelación favorable para quitar la orden de expulsión, el camino es distinto.
En ese caso, deben solicitar su entrada a EE.UU. al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés). Para eso, tienen que comunicarse con el equipo de Facilitación de Regreso de la División de Programas de Custodia de Operaciones de Ejecución y Eliminación del ICE.
Pueden hacerlo a través del número de teléfono (888) 351-4024 o mediante correo electrónico a ERO.INFO@ice.dhs.gov. Allí, deben incluir los siguientes datos junto con la solicitud:


