Al momento de pagar sus impuestos, miles de contribuyentes en Estados Unidos utilizan cheques o transferencias electrónicas sin saber que un error mínimo en la cuenta bancaria —como no contar con fondos suficientes— puede derivar en una penalización automática del Servicio de Impuestos Internos (IRS, por sus siglas en inglés), que se suma a la deuda original y genera intereses.
Se trata de la multa por cheque sin fondos u otra forma de pago. La misma, destaca el IRS en su sitio web, se aplica si no se cuenta con los fondos suficientes en la cuenta bancaria para cubrir el importe de los impuestos adeudados.
En esos casos, el banco devuelve su cheque sin fondos o pago electrónico y declara el monto impago.
Para saber si se es objeto de esta penalización, hay que revisar los avisos del IRS. La entidad destaca que envía un mensaje a los contribuyentes que adeuden la multa por cheque rechazado u otra forma de cancelación.
Para estimar la deuda de un contribuyente que incurra en esta multa, el IRS toma el monto del cheque sin fondos o el pago electrónico adeudado que corresponda. De acuerdo a la entidad:
Para abonar la multa, el declarante deberá enviarle al IRS el dinero. Así evitará que se acumulen nuevas deudas e intereses.
La fecha de aplicación de intereses varía de acuerdo al tipo de penalización. Estos aumentan el monto adeudado hasta que se pague el saldo total.
De todas formas, el IRS detalla que los contribuyentes pueden eliminar o reducir una sanción económica en su contra.
Esto se contempla en los casos en que los contribuyentes hayan efectuado un pago de buena fe y con motivos razonables para creer que había suficiente dinero en la cuenta bancaria para cubrir el importe. En esos casos, se deberán seguir los siguientes pasos:
En caso de no estar de acuerdo con el monto adeudado por tratarse de un error, existe la posibilidad de disputar la multa.
Para solicitar la revisión de una penalización cuando el pago haya sido rechazado por el banco de manera errónea, deberá enviarse una carta en la que se expliquen los motivos por los cuales no correspondería su cobro. En dicha comunicación deberá incluirse el pago correspondiente únicamente al monto adeudado.
Al comunicarse telefónicamente o al enviar la carta, se deberá contar con la siguiente información:
Los contribuyentes deben saber que, una vez aplicada la multa, pueden evitar los recargos adicionales si cuentan con los fondos suficientes en su cuenta bancaria para cubrir su pago.
En los casos opuestos, el IRS destaca que, a quienes no puedan abonar la totalidad de los impuestos o penalización dentro del plazo establecido, se les recomienda efectuar una cancelación parcial y solicitar un plan de pagos.
La formalización de estos planes, asegura la entidad tributaria, puede contribuir a reducir la aplicación de multas futuras.

