La residencia permanente legal (LPR, por sus siglas en inglés) no es irrevocable. La legislación migratoria de Estados Unidos contempla un procedimiento mediante el cual el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés) puede dejarlo sin efecto, si concluye que la persona no era elegible cuando se le aprobó el ajuste de estatus.
De acuerdo con el sitio web de la agencia, el proceso no se basa en conductas posteriores a la obtención de la green card, sino en errores, omisiones o causas de inelegibilidad que existían en el momento en que la residencia fue concedida. Por ese motivo, la ley establece un marco temporal y reglas precisas que delimitan cuándo y cómo puede iniciarse la rescisión.
En términos generales, cualquier oficina local del Uscis tiene la facultad de iniciar un proceso de rescisión si detecta que una persona no cumplía los requisitos de elegibilidad cuando obtuvo la LPR.
Sin embargo, existen limitaciones importantes. La política de la agencia federal establece que no se inician procedimientos de rescisión cuando el ajuste de estatus fue otorgado por un juez de inmigración en el contexto de un proceso judicial.
Asimismo, cuando la green card fue concedida por una oficina de asilo, como en ciertos programas especiales, la responsabilidad de iniciar la revocación recae en esa misma oficina y no en una dependencia distinta.
El primer paso formal que debe dar el Uscis para retirar una LPR es la emisión de una Notificación de Intención de Rescindir (NOIR, por sus siglas en inglés), que debe ser entregada de manera personal al beneficiario afectada.
Desde el punto de vista legal, es el momento que marca el inicio del procedimiento de revocación y tiene efectos directos sobre los plazos establecidos por la ley migratoria.
En específico, interrumpe el cómputo del tiempo permitido para que el Uscis actúe. Aunque la resolución final del caso pueda ocurrir más adelante, la autoridad de la agencia queda preservada si la NOIR fue entregada dentro del plazo legal correspondiente.
Por otro lado, si la rescisión se concreta o si el Uscis considera que la persona es removible, el expediente puede ser remitido a un proceso de remoción. En ese contexto judicial, el residente tiene derecho a presentar defensas ante un juez de inmigración.
La ley establece que el Uscis dispone de un máximo de cinco años desde la fecha en que una persona ajustó su estatus a residente permanente para entregar la Notificación de Intención de Rescindir. Este plazo es un requisito esencial para que la agencia conserve la facultad de retirar la green card.
Si no logra notificar a la persona dentro de ese lustro, pierde la autoridad para rescindir el estatus bajo esta vía específica, siempre que la causa esté relacionada con la falta de elegibilidad inicial.
Cuando un residente permanente obtiene la ciudadanía estadounidense, la situación cambia de manera sustancial. En estos casos, la ley y las políticas administrativas indican que no puede rescindirse directamente el ajuste de estatus.
Antes de cualquier intento de cuestionar la residencia original, debe revocarse primero la naturalización. Solo una vez anulada la ciudadanía puede analizarse la legalidad del ajuste de estatus que dio origen a la green card.
Este principio establece una secuencia obligatoria y evita que se utilice la rescisión como mecanismo directo contra ciudadanos naturalizados sin un proceso previo.


